La justicia falló en contra de un funcionario por violencia laboral y de género | |
Siendo las 12:15 comenzó la audiencia en la que se leyó la sentencia en el juicio por calumnias e injurias que le inició Gabriel Abelendo, director del Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social (Iafas) en representación de la Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN), a nuestra compañera Eliana Berón, quien fue absuelta de culpa y cargo, fijándose que todas las costas del juicio corran por cuenta del denunciante, quién a lo largo del juicio quedo más cerca de la figura de denunciado, ya que los relatos de la mayoría de los y las testigos ratificaba lo que Eliana dijo en su momento cuando se hizo la conferencia de prensa en ATE acompañada de Nelly Fabre y Noni Alonso. | Envíenos su consulta o comentario. | Recomendar esta noticia Fecha:06/07/2018 7:42:00 Texto completo de la noticia |
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La lectura debió suspenderse por unos minutos ya que la mayoría de nuestras compañeras que han venido acompañado a Eliana durante todo este tiempo y en el transcurso del juicio habían sido dejadas afuera de la audiencia, en una actitud de la fuerza policial que denota la no comprensión de los tiempos que estamos viviendo, donde los movimientos políticos que protagonizan las mujeres son los que empujan los cambios más profundos. Tras unos minutos y con la intervención del juez las compañeras de nuestros gremio y de la Asamblea Participativa de Mujeres, Lesbianas, Travestis y Trans de Paraná pasaron a la sala en donde se concretaba la lectura de la sentencia. Al retomar la lectura del fallo el juez afirmó “ha quedado probado la autoría de Berón de las declaraciones que le adjudican en la denuncia, tras lo cual leyó los textuales de las mismas”. Más adelante dijo “la querella deslizó que existían otras declaraciones y manifestaciones pero que no fueron presentadas como corresponde con lo cual no las he considerado ni integran este juicio”. Seguidamente sostuvo “estos hechos denunciados no generan imputación penal, citando como referencia al caso kimel, con lo cual se limitó a injuria la imputación”. En otra parte de la sentencia explicó “si bien puede quedar desprotegido el honor pone a resguardo a la libertad de expresión y es nombre de ella que no reviste delito lo denunciado”. Antes de leer la absolución de culpa y cargo de la compañera Beron detalló “los funcionarios públicos están expuestos a la crítica, sea esta fundada o no, ya que los funcionarios públicos tenemos que regirnos por el buen desempeño y el buen comportamiento”. | |