Buscan prevenir la violencia contra docentes y trabajadores en las escuelas
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Buscan prevenir la violencia contra docentes y trabajadores en las escuelas
 
Ver imagen La comisión de Seguridad de la Cámara de Senadores de la provincia se reunió este miércoles para analizar posibles cambios en la ley 3815, de Contravenciones Policiales. Quieren agregar un apartado para sancionar las situaciones de violencia que se den dentro del ámbito escolar y afecten al personal docente y no docente de escuelas entrerrianas.

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Fecha:22/06/2017 12:15:00 
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Se trata de un proyecto del senador Ángel Giano (FPV-Concordia) que busca prevenir los conflictos y acciones de violencia contra trabajadores de establecimientos educativos públicos y privados.
La iniciativa prevé arrestos y multas para quienes hostiguen, maltraten, insulten o ejerzan violencia física contra trabajadores de la educación en el ámbito del establecimiento escolar. Se considera un agravante que las conductas sancionadas se den en presencia de los alumnos.
“Se trata de mejorar el código de contravenciones de la provincia, una ley antigua, pero creemos fundamental la defensa de los trabajadores de la educación”, remarcó Giano. “Pensamos en generar agravantes, como es que una falta contra un trabajador de la educación, se haga frente a alumnos”, explicó. “Vemos con estupefacción lo que nos muestran los medios cuando son agredidos, hostigados, insultados, los trabajadores de la educación”, señaló el legislador.
“Este encuentro es un disparador, podemos llegar o no a sancionar una ley, pero la legislatura no puede estar ajena a este tema y por lo tanto oír a los actores del sistema es de fundamental importancia”, enfatizó Giano.

Propuesta
El ministro Urribarri adelantó que ha elaborado un borrador con propuestas desde su cartera, que será entregado a los legisladores y a los representantes de la justicia provincial para que den su opinión. Recordó que “se ha hablado en forma permanente con los trabajadores docentes, para darles seguridad en su función”.
Respecto a las posibles “sanciones” para las conductas inadecuadas que afecten a los maestros, Urribarri y sus colaboradores se mostraron a favor de un sistema de sanciones que puede incluir trabajos comunitarios, por ejemplo, alejándolo del arresto.

Voces
Desde los gremios compartieron la idea de proteger a los docentes y propusieron que “se trabaje en una concientización relacionada con hacer saber, desde el Estado, desde los padres, en una serie de valores que se han desdibujado”. “El maestro debe recuperar un lugar central, de respeto, que quizá ha ido perdiendo”, remarcaron.
Por su parte, el senador Raymundo Kisser (Cambiemos-Paraná) destacó que “se trata de resguardar fundamentalmente al educador y esencialmente al ámbito educativo” y señaló que “no puede ser que el padre o tutor pretenda imponer al docente condiciones en relación a la educación de su hijo”.
La senadora Nancy Miranda (FPV-Federal) dijo que “se tiene que tener como una cuestión relevante la reiteración de conductas contra los trabajadores de la educación, para que en forma progresiva vaya aumentando la sanción”.
El titular del Ministerio Público Fiscal, Jorge García, señaló que se debe ser muy específico a la hora de tipificar las conductas que pueden ser consideradas contravenciones. El funcionario señaló la importancia de tener en cuenta una vez producido un hecho, el niño y los docentes, deben seguir compartiendo el espacio escolar.
En tanto, el defensor del Superior Tribunal de Justicia (STJ), Maximiliano Benítez, señaló lo vetusto de la normativa vigente en Entre Ríos y coincidió en buscar la defensa de la integridad del docente. Propuso una “reforma integral, adecuando aquellas estructuras que se han quedado en el tiempo”. Benítez se preguntó qué autoridad debería intervenir en temas como estos en cada una de las ciudades entrerrianas.
Por último, el Jefe de Policía de Entre Ríos, Gustavo Maslein, pidió que al momento de sancionar la norma se tenga en cuenta la necesidad de proteger al policía que debe intervenir, en situaciones que involucran muchas veces a menores.

Presencias
Estuvieron presentes los senadores Roque Ferrari (Cambiemos-Victoria), Daniel Olano (Cambiemos-Islas), René Bonato (FPV-Uruguay), Francisco Morchio (Cambiemos-Gualeguay), y Lucas Larrarte (FPV-San Salvador).
Además participaron el vocal del Consejo General de Educación, Gastón Etchepare el secretario de Justicia, Martín Uranga el Jefe de Policía de Entre Ríos, Gustavo Maslein el secretario General de la Asociación del Magisterio de Entre Ríos (Agmer), Fabián Peccin el secretario General de la Asociación del Magisterio de Enseñanza Técnica (AMET), Andrés Besel el secretario del Sindicato Argentino de Docentes Particulares (Sadop), Sergio Pesoa y la secretaria general de la Unión Docentes Argentinos (UDA), Mirta Raya.

El proyecto de ley
A continuación se reproduce el articulado de la iniciativa presentada por Giano:
ARTÍCULO 1º: Incorpórese a la Ley 3815- Contravenciones policiales- el siguiente Título:
Contravenciones en el ámbito escolar
Artículo 60º: Será sancionado con arresto de dos a ocho días y multa equivalente al 100 % del haber mensual de un Oficial Ayudante según el Escalafón Policial Ley 5654 o su equivalente, la persona que alegando o con parentesco y/o representación legal de un alumno realice cualquiera de las siguientes acciones:
a) Hostigue, maltrate, menosprecie o perturbe emocional e intelectualmente a un trabajador de la educación.
b) Insulte a un trabajador de la educación.
c) Ejerza actos de violencia física contra un trabajador de la educación.
d) Arroje contra un trabajador de la educación o contra un bien de utilidad educativa, elementos de cualquier naturaleza.
e) Ingrese sin autorización a un establecimiento educativo y no se retire a requerimiento del personal docente o no docente.
f) Perturbe de cualquier manera el ejercicio de la función educativa.

Artículo 61º: Serán consideradas como agravantes de las acciones tipificadas cuando las mismas se cometan frente o en presencia a los alumnos. En ese caso, la sanción establecida será el doble de la dispuesta en el artículo anterior.
Artículo 62º: Las acciones indicadas en los artículos anteriores serán aquellas que ocurran dentro del establecimiento educativo o en las inmediaciones del mismo, sean estos de gestión pública o privada.
Artículo 63º: En el caso de la sanción de arresto prevista en el artículo 60, la misma será con comunicación inmediata al Juzgado y Fiscalía en turno.

ARTÍCULO 2º: El Poder Ejecutivo, en la instancia reglamentaria, elaborará un Texto Ordenado de la Ley 3815 de conformidad a su contenido y redacción vigentes.

ARTÍCULO 3º De forma.

Fuente APF
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