El acuerdo constitutivo de Cambiemos no contempla la resolución aprobada por el congreso radical
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El acuerdo constitutivo de Cambiemos no contempla la resolución aprobada por el congreso radical
 
Ver imagen La intención del radicalismo de encabezar la lista de candidatos a diputados y de ocupar -al menos- otro lugar dentro de los tres primeros candidatos no está plasmada en el acuerdo constitutivo de la Alianza Electoral Cambiemos.

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Fecha:19/06/2017 12:15:00 
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Uno de los puntos de la resolución que aprobó el congreso partidario del radicalismo el 10 de junio establece que “la voluntad del congreso partidario es que la UCR encabece la lista de candidatos a diputados nacionales y ocupe otro lugar dentro de los primeros tres candidatos titulares a diputados, al menos”.
Tal punto no está plasmado en el acuerdo constitutivo de la Alianza Electoral Cambiemos, fechado el 13 de junio pasado.
En el acta figuran los nombres de los representantes de las distintas fuerzas políticas que integran Cambiemos: el presidente en funciones del PRO, Francisco Morchio en representación del partido UCR, el presidente del Comité Pedro Galimberti Antonio Julián Rubio, en representación del Congreso provincial partidario Walter Fabián Cáceres por el partido FE en su calidad de Presidente del Consejo Ejecutivo Provincial Martin Lombardo, en su carácter de apoderado legal del Distrito Entre Ríos y Secretario Legal y técnico del Partido FE orden Nacional en representación del partido “Unión por la Libertad” Eduardo Oscar Lapolla Cantoni por el partido Movimiento Social Entrerriano, su presidente Juan Domingo Zacarías: y por el partido GEN, su presidente Francisco Larocca.
En el texto se ratifica que la Alianza Electoral Transitoria se denominará “Cambiemos” y que se constituye su domicilio legal en San Martin Nº 543 de la ciudad de Paraná (donde está ubicado el Comité Provincial de la UCR) y en calle Paraguay N° 2943 Piso 6 to D de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Los apoderados legales de la alianza ante la Justicia Federal Electoral son Josefina Beatriz Etienot, Martin Federico Lombardo, Luciano Martín Rotman y Emiliano Izaguirre ante la Justicia Federal Electoral.
En tanto, se designó como miembros titulares de la Junta Electoral a Eduardo Caminal, Rubén Sieber y a Alexis Altuna, y como suplentes a Carlos Antonio Garay y Raúl Alberto Avero.
Por otra parte, en el acta constitutiva se establece que los Responsables Económicos- Financieros de la alianza transitoria serán Joaquín La Madrid y Enrique Susevich.
A su vez, se determinó que Juan Pedro Oilhaborda sea Responsable Técnico de la campaña y se designó a Alfredo Pintos como alterno.
El punto 11º del acta constitutiva se refiere al Convenio de Distribución de Fondos entre todas las agrupaciones, que será el siguiente: 39 por ciento para el Partido “PRO- Propuesta Republicana”, 39 por ciento para el partido “Unión Cívica Radical”, ocho por ciento para el “Partido FE”, ocho por ciento para el partido “Unión por la Libertad”, tres por ciento para el partido “GEN” y tres por ciento para el partido “Movimiento Social Entrerriano”.
En otro tramo del acta constitutiva “se deja constancia que los partidos miembros de esta Alianza Electoral acuerdan en admitir la postulación de pre-candidatos y candidatos extrapartidarios en sus listas siempre que representen hasta el 30 por ciento de la totalidad de la lista completa de pre-candidatos y candidatos. Las listas deben están conformadas con postulantes que representen como mínimo al 70 por ciento de los afiliados de los partidos constituyentes de la Alianza Electoral”.
“Los partidos acuerdan que, al momento de la aceptación de cargos, se invitará a los pre-candidatos a diputados nacionales a suscribir un compromiso de integrar el interbloque de Cambiemos en la Cámara de Diputados de la Nación”, se indica en otro de los puntos.

Fuente APF
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